
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, enfrenta una encrucijada política de cara a las próximas elecciones. Según el artículo 93 del Código de la Democracia, si Noboa desea participar en la campaña presidencial de 2025, deberá solicitar una licencia sin remuneración, lo que implica dejar temporalmente su cargo como Presidente de la República.
Esta medida, que busca garantizar la imparcialidad en el proceso electoral, establece que los dignatarios que opten por la reelección inmediata deben apartarse de sus funciones desde la inscripción de sus candidaturas hasta el día siguiente de las elecciones. En el caso de Noboa, la licencia comenzaría a partir del 5 de enero de 2025, cuando se inicie oficialmente la campaña electoral, y se extendería hasta el 6 de febrero del mismo año.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha definido que el periodo de inscripción de candidaturas será del 13 de septiembre al 2 de octubre de 2024. Durante este tiempo, Noboa deberá comunicar a las diferentes funciones del Estado su decisión de tomar licencia, especificando los días y la razón de su ausencia, para evitar la simultaneidad de su rol como presidente y candidato.
El asesor electoral Santiago Cahuasquí subraya que esta norma no solo responde a principios de transparencia y equidad, sino que también está respaldada por el artículo 113 de la Constitución, que obliga a Noboa a pedir licencia sin remuneración en caso de buscar la reelección. La decisión de Noboa de apartarse temporalmente de su cargo podría marcar un punto crucial en la campaña electoral, definiendo el rumbo de la política ecuatoriana en los próximos meses.
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