
La Asamblea explicó que la Ley de lavado de activos fue aprobada el 20 de junio, se la remitió al Ejecutivo el 24 de junio y esa función debía pronunciarse hasta el 24 de julio.
La Asamblea Nacional envió este 29 de julio de 2024 la Ley de lavado de activos al Registro Oficial “al no existir objeción presidencial dentro del plazo establecido”.
Según el Parlamento, el veto parcial por inconstitucionalidad que hizo Daniel Noboa el 25 de julio estuvo fuera de tiempo y por ende no tiene validez.
“Incomprensiblemente, (Noboa) ha procedido a objetarla el 25 de julio, perdiendo su competencia en razón del tiempo para hacerlo. En conclusión, ante el silencio del Ejecutivo, dicha objeción jurídicamente no existe, haciendo lo correcto el Parlamento en enviar el proyecto para su publicación al Registro Oficial”, analizó el abogado Gonzalo Muñoz.
La Asamblea explicó que la Ley de lavado de activos fue aprobada el 20 de junio, se la remitió al Ejecutivo el 24 de junio y esa función debía pronunciarse hasta el 24 de julio.
El 25 de julio, Noboa la vetó parcialmente por inconstitucionalidad, aduciendo que una de las reformas buscaba cambiar la forma de la designación del director de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE).
El Legislativo sugería que sea designado por el propio Parlamento de una terna que envíe el Presidente. Noboa, por su parte, alegaba que ese nombramiento es potestad exclusiva del Ejecutivo. No obstante, con el envío al Registro Oficial, dicha reforma entraría en vigencia.